Son personas jurídicas, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones legales y a sus propios estatutos (Decreto 2150 de 1995).
Nacen por voluntad de los asociados en virtud del derecho constitucional de asociación o por la libertad de disposición de los bienes de los particulares para la realización de fines altruistas o de beneficio comunitario.
La ausencia del lucro es una de sus características fundamentales lo cual significa que no existe el reparto de utilidades o remanentes en el desarrollo de sus objetivos, ni es viable el reembolso de los bienes o dineros aportados a dichas entidades.
Existen varias categorías:
- Corporación o asociaciones
- Fundaciones
- Entidades del sector solidario (Cooperativas, asociaciones mutuales, fondos de empleados etc)
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